La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), introdujo modificaciones al régimen de facilidades de pago establecido por la Resolución General N° 5684, destinado a la subsanación de quebrantos del Impuesto a las Ganancias mal computados.

Las principales novedades son:

  • Se autoriza la incorporación no solo del saldo determinado en la declaración jurada, sino también de los intereses resarcitorios y punitorios, así como las multas relacionadas con anticipos y/o pagos a cuenta.
  • Se extiende hasta el último día del quinto mes siguiente al vencimiento de la declaración jurada respectiva siendo el plazo para adherirse hasta el 31 de octubre de 2025.
  • Planes de facilidades especiales, entre las que se incluye la opción de financiar la deuda en hasta 120 cuotas, con un valor mínimo por cuota de $500.000.
  • Se actualizan los valores mínimos tanto del pago inicial como de las cuotas mensuales, el valor mínimo será de $50.000 para la mayoría de los contribuyentes. En el caso de planes especiales, el mínimo se eleva a $500.000, mientras que, para multas e intereses vinculados a anticipos, será de $200.000.

Por último, el plan para regularizar intereses y multas estará disponible a partir del 2 de septiembre de 2025. Para poder adherirse, será requisito tener presentadas las declaraciones juradas originales y/o rectificativas correspondientes, además de cumplir con las condiciones previstas por la normativa.

La medida fue publicada a través de la Resolución General 5743/2025.