La medida fue publicada en el Boletín Oficial a través de la Decisión Administrativa 450/2020.
De esta forma, las nuevas actividades son las siguientes:
- Venta de insumos y materiales de la construcción provistos por corralones.
 - Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización forestal y minera.
 - Curtiembres, aserraderos y fábricas de productos de madera, fábricas de colchones y fábricas de maquinaria vial y agrícola.
 - Actividades vinculadas con el comercio exterior: exportaciones de productos ya elaborados e importaciones esenciales para el funcionamiento de la economía.
 - Exploración, prospección, producción, transformación y comercialización de combustible nuclear.
 - Servicios esenciales de mantenimiento y fumigación.
 - Mutuales y cooperativas de crédito, mediante guardias mínimas de atención, al solo efecto de garantizar el funcionamiento del sistema de créditos y/o de pagos.
 - Inscripción, identificación y documentación de personas.
 
Departamento de Comercio Interior
