El Poder Ejecutivo extendió hasta el próximo 31 de diciembre de 2023 la vigencia de las disposiciones del Decreto N° 433 del 25 de agosto de 2023 en relación a beneficios para aquellos sujetos que suscriban acuerdos de precios para el mercado local.

Recordamos que algunos de los beneficios implica la suspensión del pago de cargas que pudieran recaer sobre la compra de billetes y divisas en moneda extranjera para la importación de mercaderías comprendidas en las posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del Mercosur (NCM); la reducción al 0% de la alícuota del derecho de exportación para las mercaderías comprendidas en las posiciones arancelarias de la NCM que establezca el Ministerio de Economía; y la prórroga de los vencimientos para el pago de los adelantos de los impuestos y de las obligaciones de la seguridad social que disponga la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

La medida fue publicada mediante el Decreto N° 551/2023 .

Por otra parte, la Secretaría de Comercio estableció, a través de la Resolución N° 1876 , que las empresas que hayan suscripto acuerdos de precios en el marco del Programa “Precios Justos” podrán prestar conformidad a la prórroga del plazo de vigencia del acuerdo que concluya el 31 de octubre de 2023 mediante nota, a través de la plataforma “Trámites a Distancia” (TAD) del Sistema de Gestión Documental Electrónica – GDE. La prórroga del plazo de vigencia referido se hará efectiva hasta el 31 de diciembre de 2023.

*Recomendamos leer Decreto mencionado.