La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) implementó el Programa de Promoción del Cumplimiento Voluntario con el objetivo de promover, a través de diversas herramientas e instrumentos de gestión, el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias por parte de los contribuyentes y/o responsables, así como la subsanación espontánea de los incumplimientos detectados por el organismo.
La Agencia pondrá a disposición de los contribuyentes y/o responsables, a través del servicio “web” denominado “Nuestra Parte”, la información con que cuente respecto de:
- Su situación registral.
- Sus ingresos, tenencias, participaciones en sociedades y demás bienes.
- Las inconsistencias y/o los desvíos detectados en el marco de sus facultades de verificación.
- Deuda líquida y exigible y falta de presentación de declaraciones juradas.
- Demás información de interés para el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias.
Por otra parte, el organismo podrá notificar, mediante una campaña de inducción, a través del Domicilio Fiscal Electrónico constituido las inconsistencias y/o los desvíos. Si transcurridos 30 días corridos desde la notificación de la mencionada campaña los contribuyentes y/o responsables no hubieran subsanado los incumplimientos observados, ARCA podrá remitir una nueva campaña de inducción.
Asimismo, la Agencia podrá cursar tanto requerimientos como fiscalizaciones electrónicas, cuando resulte necesario recabar información relacionada con las operaciones, las rentas, los ingresos o los egresos del contribuyente y también cuando se hayan detectado inconsistencias y/o desvíos producto de controles y cruces de información respectivamente.
Por último, el cumplimiento de estos controles se gestionará exclusivamente a través del servicio ‘Sistema de Acciones de Control Electrónico – SIAC.
Para mayor información podrá acceder a la Resolución General 5823/2026.
