La Comisión Arbitral Convenio Multilateral del 18.8.77, a través de la Resolución General 2/2025, ratificó la prórroga que consideró presentadas y pagadas en término las declaraciones juradas con vencimiento el 26 de diciembre de 2024, que fueron efectuadas entre la mencionada fecha y el 14 de enero de 2025, inclusive.

Asimismo, el organismo también ratificó la prórroga, hasta el 20 de enero de 2025, el plazo para el pago del anticipo 12/2024 para los vencimientos que operaron los días 15, 16, 17 y 20 de enero.