En el día de la fecha, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), publicó la Resolución General 5362/2023 a través de la cual incrementa, desde el 1 de junio de 2023, los importes de las venta de automotores y de inmuebles alcanzadas por los regímenes de información.

A continuación, el detalle:

  • Intermediación y/o compraventa de automotores y motovehículos usados RG (AFIP) 2032:

a) Vehículos automotores usados por valores iguales o superiores a $ 1.100.000;

b) Motovehículos usados por valores iguales o superiores a $ 450.000.

  • Titulares registrales que transfieran automotores y motovehículos usados. Obtención del “Certificado de Transferencia de Automotores” CETA RG (AFIP) 2729:

a) Cuando el valor de los mismos sea igual o superior a $4.500.000.

  • Compraventa de inmuebles RG 2371: Obligación de obtención del «Código de oferta de transferencia de inmuebles» (COTI): cuando el precio de la negociación, oferta o transferencia de bienes inmuebles o de derechos sobre bienes inmuebles a construir, o la base imponible fijada a los efectos del pago de los impuestos inmobiliarios y/o del impuesto de sellos que graven la transmisión o el valor fiscal vigente del inmueble sea igual o superior a $ 9.400.000.

Además, la AFIP dispone que, para los mencionados regímenes de información, estos montos serán actualizados anualmente por el coeficiente que surja de la variación anual del IPC, con vigencia a partir del 1 de abril de cada año.

Por último, la medida entra en vigencia el 1 de junio de 2023.

*Recomendamos leer Resolución mencionada.