La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), publicó la Resolución General 5449/2023 la cual reglamenta el beneficio de la reducción de la alícuota del Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias y otras Operatorias para los empleadores inscriptos en el Registro Federal de Establecimientos de Salud (REFES) que hayan asumido el Acuerdo de Compromiso de Cuotas. Según lo dispuesto por el Decreto 478/2023, la alícuota reducida resultará de aplicación para los hechos imponibles del gravamen que se perfeccionen a partir del 1 de septiembre de 2023 y hasta el 31 de marzo de 2024.
Por otra parte, la Resolución General 5450/2023 establece que todas las operaciones que están alcanzadas por el Impuesto PAÍS, quedan sujetas a percepciones del 100% y del 25% a cuenta de los impuestos a las Ganancias o sobre los Bienes Personales, por las operaciones realizadas a partir del día 23 de noviembre de 2023. Las citadas percepciones tendrán el carácter de impuesto ingresado pudiéndose computar a partir de ahora, según el caso, en las declaraciones juradas anuales del impuesto a las Ganancias o del impuesto sobre los Bienes Personales, correspondientes al primer período fiscal posterior a aquel en el cual se practicaron las mismas.
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