En el día de la fecha, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) a través Resolución General 5672/2025, redefinió el alcance del Régimen de Percepción del Impuesto a las Ganancias y sobre los Bienes Personales.
Al respecto dispuso que no estarán sujetas al Régimen las compras de billetes y divisas para atesoramiento o sin un destino específico vinculado al pago de obligaciones, efectuado por personas humanas y sucesiones indivisas.
Por otra parte, el organismo eliminó también la aplicación de la percepción cuando se realice la compra de billetes o divisas en moneda extranjera destinado al pago de obligaciones por la importación de las mercaderías incluidas en determinadas posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común Del Mercosur (N.C.M.).