La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), estableció mediante la  Resolución General 5415/2023 la reducción de la cuota que abonan los monotributistas y trabajadores del régimen de inclusión social y promoción del trabajo independiente, a partir del 5 de septiembre de 2023 y por 36 meses, los agentes de retención deberán consultar la situación del sujeto pasible de retención y la fecha de adhesión en el sitio web del Organismo. Los monotributistas de la categoría B, que opten por ingresar la cotización previsional en las mismas condiciones que lo harán los trabajadores de la economía social, deberán diferir el pago del componente de la Obra Social de los períodos septiembre a diciembre de 2023 hasta el día 22 de enero de 2024,

Por otra parte, luego de ese plazo, la cuota será del 1 % de los ingresos brutos mensuales que perciba por su actividad la persona trabajadora independiente promovida o en el equivalente al 25 % del aporte mensual al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA). Luego de ese plazo, la misma pasará a ser del 2,5 % de los ingresos brutos mensuales que se perciba por la actividad.

Dichos sujetos estarán exceptuados de efectuar los referidos pagos cuando:

a) Desarrollen actividades agropecuarias, entendiéndose por tales las que tengan por finalidad la obtención de productos naturales ya sean vegetales de cultivo o crecimiento espontáneo y animales de cualquier especie mediante nacimiento, cría, engorde y desarrollo de los mismos y sus correspondientes producciones.

b) Se trate de asociados a cooperativas de trabajo.

*Recomendamos leer Resolución mencionada.